Por Alejandro Daniel Perotti, miembro de CARAT. Publicado en Foro de Derecho Mercantil Nº 25, Octubre 2009, (Ed. Legis, Bogotá, Colombia, págs. 115-121) y en revista de la Procuración del Tesoro de la Nación Nº 1/2010, “Edición Bicentenario”, Buenos Aires, págs. 39 a 43.
Por Alejandro Daniel Perotti, miembro de CARAT. Publicado en revista “Guía Práctica de comercio exterior Nº 175, 15/10/2010, (Ed. Tarifar, Buenos Aires, Argentina, págs. 3-8)y en revista de Direito “Argumentum” (Programa de Maestrado em Direito) Volumen 11, 2011, Universidad de Marilia – UNIMAR, Marilia Säo Paulo, Brasil, págs. 21 a 30
Por Alejandro Daniel Perotti, miembro de CARAT. Publicado en Revista Jurídica “EL Derecho”, periódico del 14/03/2011, págs 7-11 (Ed. Universidad Católica Argentina, Buenos Aires, Argentina)
Por Patricia Luppino. Revista VIVIENDA – Número 583 – Febrero de 2011 – pag. 109/110: Agradecemos a la editorial por la autorización a difundir el presente artículo en forma contemporánea a la aparición de la edición en papel.
Opinión del Tribunal Federal Suizo, emitida el 29 de julio de 2010 en relación al recurso contra el laudo del Tribunal Arbitral del Deporte, del 04 de diciembre 2009.
Sentencia del Tribunal Federal, emitida el 3 de agosto de 2010 la cual implicó un Acuerdo de Consultoría Empresarial en 2001 entre una empresa belga y otra española.
Swiss Supreme Court International Arbitration decision of March 10/2010, related to sport arbitration. Appellant represented by Mr Rocco TAMINELLI v. Respondent represented by Mr Jaime LLOPIS.
Appellants: both represented by Mr Jorge IBARROLA and Mr Claude RAMONI v. International Biathlon Union (IBU), Respondent, Represented by Mr Stephan NETZLE.
Por Patricia Luppino en el marco del II Encuentro Nacional de Arbitraje y Mediación. VI SEAMERCO (Seminario de Mediación y Arbitraje del MERCOSUR). San Pablo 21, 22 y 23 de junio de 2009.
Por Manuel J Mariño y Lucila I M Hemmingsen. Publicado por: Marval News, Boletín de novedades de Marval, O´farrell & Mairal. Número 73 – junio 30, 2008
Argentina elige la sede de LCIA en Londres para tratar la recusación de un árbitro porque allí la decisión debe ser motivada en forma expresa. By Luke Eric Peterson
1. Presentación; 2. La doble misión de los amigables componedores; 3. Las sentencias, los laudos arbitrales de derecho, y los laudos de los amigables componedores; 4. La equidad; 5. Los límites del amigable componedor; 6. La materia arbitrable mediante arbitraje de equidad; 7. Simplificación de los procedimientos; 8. Ejecución; 9. Conclusiones. Fernando Aguilar y Roque J. Caivano. Buenos Aires, setiembre 13 de 2006 – JA 2006-LTI, fascículo n. 11