Propuesta para la informalización en la solución pacífica de los conflictos.

Introducción

El estado moderno se apoya en la idea de ser el único agente imparcial legitimándolo para el uso monopólico de la fuerza, con el fin de garantizar el orden y la seguridad ciudadana. No obstante, es posible preguntarse si este principio, ideológico por cierto 1 , es efectivamente cumplido por el estado moderno y, más precisamente, cómo es cumplido. Bajo este principio, el proceso de racionalización, tal como lo formulará Weber, trajo como consecuencia la enajenación de los conflictos particulares por las instituciones del estado. Como éste cumple el rol de tercero imparcial y es el único capaz de ejercer la fuerza en última ratio, entonces poco a poco se fue asumiéndose como el único actor capaz de hacer justicia en la resolución de los conflictos particulares. Ahora bien, este proceso de racionalización, por el contrario a lo previsto por el pensamiento weberiano, condujo a una creciente burocratización, entendiendo por ello a un conjunto de reglas y rituales acompañados de acopio de material escrito y demás que lejos está de lograr una efectiva solución de los litigios. El proceso judicial ha ido complejizándose creando una dependencia absoluta de las partes a los profesionales capacitados de los mecanismos y del procedimiento, es decir, de los abogados. Ante cualquier conflicto, por más pequeño que este sea, sólo los tribunales tenían incumbencias, sin posibilidad de una solución entre las partes evitando la intervención de abogados, magistrados, empleados judiciales, etc. El estado centralizó la solución de los litigios y la consecuencia fue una acumulación de causas, que han saturado los juzgados, creado más burocracia aún pero sin dar respuestas adecuadas a los problemas de la gente. Los sesenta y setenta, con el crecimiento de los movimientos sociales y de la protesta social, esta acumulación de causas se fue profundizando hasta el punto de una judicialización completa de todo conflicto y su consecuente tramitación en los juzgados incrementando la congestión (Santos Boaventura; 1991). El colapso judicial, producto de la congestión de los juzgados mino las bases del principio del estado como tercero imparcial en todos los litigios particulares y la posibilidad de encontrar una solución justa a ellos…

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