Declaración de Fores del 30 de septiembre de 2020

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dispuso abrir el Recurso Extraordinario por salto de instancia presentado por los jueces Pablo D. Bertuzzi, Leopoldo O. Bruglia y Germán A. Castelli, debe ser interpretado con prudencia por parte de la sociedad argentina, a la vez que resulta imperioso que los restantes poderes del Estado preserven sus opiniones hasta que la justicia se expida.

En tal sentido, desde el FORES (Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia) entendemos necesario que:

  • La ciudadania sostenga su compromiso con el fortalecimiento institucional de la República, que requiere el respeto a la ley y a las decisiones judiciales.
  • Se comprenda que el curso de los procedimientos judiciales debe ser siempre respetado, ya que el debido proceso es un pilar de la garantía de defensa en juicio, consecuencia directa de lo dispuesto en el Art 18 de la Constitución Nacional.
  • Las opiniones de funcionarios públicos involucrados con las decisiones a tomar por la justicia, sean medidas en un plano de profundo respeto institucional, ya que las declaraciones explosivas solamente contribuyen a una mayor irritación social y siempre serán percibidas como una flagrante intromisión en la esfera de decisión del Poder Judicial.
  • Jamás se olvide que el Poder Judicial de la Nación posee la misma derivación del voto popular que los otros poderes del Estado, siendo solamente distinta su fuente democrática, ya que se conforma con las decisiones conjuntas del Poder Ejecutivo y del Senado de la Nación.

 

 

Alfredo M Vítolo                                           Marcelo Gobbi

Presidente                                                    Secretario

One thought on “LA JUSTICIA DEBE SER CUIDADA POR TODOS

  1. Impresionante los fundamentos expuestos por los Ministros en los considerandos, y en particular el del Dr. Rosenkrantz presidente de la corte, que no hacen mas que reivindicar la base de nuestro sistema democrático, la piedra fundacional del estado de derecho, la máxima garantía de nuestro derechos individuales, lo que sostiene nuestra Republica. La CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.-

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