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La Corte Suprema pone en riesgo la inamovilidad e independencia de los jueces

Declaración de fores del 3 de noviembre de 2020  

El fallo de la Corte Suprema en el caso de los traslados de los jueces Bruglia y Bertuzzi, que ha declarado inconstitucional su remoción dispuesta por el Presidente de la Nación a partir de una resolución del Consejo de la Magistratura, pone en crisis garantías fundamentales de nuestra Constitución Nacional: los derechos adquiridos y la inamovilidad y estabilidad de los magistrados de los tribunales inferiores de la Nación.

 

La definición de que los traslados -en todos los casos y sin importar el tiempo transcurrido- solo son temporales y rigen hasta que un concurso disponga la cobertura de las vacantes, crea una peligrosa inestabilidad jurídica en la República.  Son innumerables los jueces que, trasladados durante los últimos treinta años, a partir de la doctrina sentada hoy por la mayoría de la Corte se transforman en meros jueces temporarios, con sus cargos en disponibilidad y sometidos nuevamente a la instancia política de nombramiento. Es decir, son hoy menos independientes.

 

La Corte desconoció su propia decisión anterior que había admitido los traslados, la resolución del Consejo de la Magistratura que los autorizó, el decreto presidencial que los dispuso y la falta de cuestionamiento del Senado a tales traslados.

 

FORES discrepa con las conclusiones del voto mayoritario de la Corte, y coincide en lo sustancial con la disidencia expuesta por el Presidente del Tribunal, en particular en lo que refiere a la imposibilidad de equiparar los traslados a la situación de aquellos jueces que cubren vacancias temporales (“subrogancias”) y a la necesidad de que las decisiones de la Corte no desconozcan sus propios precedentes al momento de fallar, requisito esencial para la seguridad jurídica.

 

Cuando la percepción pública de la independencia judicial en nuestro país se encuentra en sus puntos más bajos, FORES advierte que la sentencia no ayuda a mejorar esta percepción y no contribuye a la consolidación de nuestra República.

 

Sin perjuicio de lo señalado, el respeto irrestricto al principio de separación de poderes determina que la sentencia deba ser admitida, aun cuando existan opiniones divergentes sobre el fallo. La República también exige esta afirmación. La crítica ha de quedar para las instancias de la política o de la academia.

 

Alfredo M Vítolo – Presidente                               Marcelo Gobbi – Secretario 

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Identificación de procesos judiciales seguidos por las principales empresas de Perú ante la Corte Superior de Justicia de Lima

En conjunto con la fundación Projusticia de Perú se analizo la oferta y demanda de tutela judicial de ese país, en torno a los conflictos de carácter comercial y empresarial. Se partió de la hipótesis de que dado la especificidad del tema y el creciente aumento en la litigiosidad de este tipo de causas, se requiere el funcionamiento de Juzgados Especializados en esa competencia.
El principal objetivo fue fundar propuestas de reorganización y modificación normativa a partir de información empírica. La investigación integró un conjunto de metodologías complementarias: muestreo probabilístico, muestreo de expertos, encuesta de opinión y focus group. El primer abordaje parte de la totalidad de procesos ingresados en los dos últimos años en los Juzgados Civiles de Lima, con una muestra extraída del año 2001 y del año 2002. El segundo, ya enfocado en la problemática comercial y empresarial, comprendió todos los procesos judiciales de las principales empresas del país. Finalmente se realizó una encuesta de opinión y focus group con gerentes legales de distintas empresas.
La hipótesis de partida fue corroborada. Las expectativas del sector así como la carga procesal parecen justificarlo. Con lo cual, se concluyó con una propuesta de especializar algunos Juzgados Civiles con Orientación en Derecho Comercial.
El equipo de trabajo está integrado por una jefa de proyecto, Miriam Bustamante Quiroz, y un equipo de Consultores nacionales: Ricardo Otero Lummis, José M. Fernandez Ponce, Luis Huamaní Perez, Marco Sevilla Baella, Enrique Tumialán Hinostroza y Martín Alcedo Ormaza; consultores internacionales por Fores, Héctor M. Chayer y Germán Garavano.

Fecha de Inicio: MARZO DE 2003
Fecha de Finalización: MAYO DE 2003

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Convenio ARGENJUS – CSJN

En el año 2004, la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ARGENJUS, un consorcio de ONG preocupados por la Justicia, firmaron un convenio de cooperación técnica, aprobado por resolución N°652/2004. En el marco de este convenio se constituyó una Comisión Coordinadora, dirigida por funcionarios de la Corte Suprema., por representantes de las organizaciones pertenecientes a ARGENJUS, entre los cuales está un miembro del Comité Ejecutivo de fores, y un funcionario del Consejo de la Magistratura. Ella formó grupos de trabajo, encargados de realizar los estudios, investigaciones y proyectos que se promueven en el marco de este Convenio.
El objetivo es un mejoramiento del funcionamiento del Poder Judicial de la Nación, posibilitando un mayor acceso del ciudadano al servicio de justicia y una organización más eficiente de los recursos humanos y materiales existentes. A tales fines se constituyeron los siguientes temas: la eficiencia del servicio de justicia, la transparencia del servicio de justicia y acceso del ciudadano al servicio de justicia.
A tales fines, se crearon distintos grupos que abarquen un aspecto vinculado con dichos temas. Los grupos son: Para el primer tema: Censo Personal Judicial, las Tareas docentes de los magistrados, los Criterios descentralización administrativa, la Recaudación tasa de Justicia, la Reducción Jurisdicción apelada Corte, la Reforma sistema de enjuiciamiento Criminal, el Rediseño juzgados tipo de proceso, la Flexibilización competencias por fueros, la Capacitación Judicial, la Concentración Tareas Administrativas; para el segundo tema: la Elaboración Índices objetivos, la Etica Judicial, el Reglamento declaraciones Juradas de jueces, las Audiencia Públicas en la Corte y el Amicus Curiae; por último, para el tercer tema: la creación de un Centro de Orientación ciudadana
Justicia 24 horas y los Modos Alternativos solución de Conflictos.
A lo largo del 2005, además de continuar participando a nivel de Grupos de Trabajo y Comisión coordinadora, es intención impulsar legislativamente los proyectos seleccionados, incluso buscar financiamiento para ejecutarlos desde Fores.
El equipo de fores que participa del proyecto es Horacio Lynch, Héctor Chayer, Juan Pablo Marcet, Carlos Alejandro Cambellotti, Liliana Raminger, Santiago del Carril, Victoria Anadón, Juan Marcos Pueyrredón, Mariana Guisarri, Alejandra González Rodríguez, Juan Rodríguez Estévez y Martín Casares

Fecha de Inicio: MARZO DE 2004
Fecha de Finalización: DICIEMBRE DE 200

dribbble-pdf_1xDocumento relacionado

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El Recurso Extraordinario por Arbitrariedad De Sentencia Ante la CSJN

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Este trabajo comprende un estudio realizada entre el 21 de febrero y el 21 de mayo de 2005 sobre la labor de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina con relación al Recurso Extraordinario Arbitrariedad de Sentencia. Presenta la situación objetiva y actual generada por este peculiar recurso extraordinario y su incidencia en el trabajo de la Corte a través del análisis estadístico de sus fallos y de su estudio comparativo. Asimismo, se integra y completa con otros documentos – un folleto con las conclusiones más importantes, presentadas en forma gráfica y una presentación en Power Point – y mucha información incluida en varios Anexos.
En la Primera Parte, se presenta brevemente los antecedentes del recurso, el gravísimo problema de la falta de información y el marco teórico en el que está inserto el trabajo. En la Segunda Parte (a) se muestra la incidencia o repercusión de este recurso extraordinario en la situación general de la Corte, y en (b) se ingresa en el análisis pormenorizado de los fallos de arbitrariedad. Estudiamos aquí el tribunal de origen de las causas, el modo de acceso a la Corte, la causal de arbitrariedad recaída, las disidencias de los Ministros, las demoras en la intervención de la misma Corte, la forma de concesión y rechazo de los recursos, entre otros aspectos. La Tercera Parte se dedica a estudiar el rol de la Procuración. Además, este estudio demostró la necesidad de que la Corte cuente con información analizada y permanente para conocer su tarea y poder proyectarla. El trabajo no se limita a la producción de información sino que también se ensayan interpretaciones, se formulan varios planteos y se sugieren nuevos caminos si se resuelve continuar el Proyecto.
La investigación se encuentra en su primera etapa, pero adelantamos aquí, de manera provisoria, su «resumen ejecutivo» (PDF / 4 páginas), una «presentación general» (Power Point / 15 diapositivas) y el anexo dedicado a la «información en la Corte Suprema» (Power Point / 13 diapositivas).
En el contexto de esta investigación se organizó el Taller «El recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Jornada de reflexión sobre el rol de la Corte en el nuevo siglo: Repensando la Corte Suprema en el siglo XXI».
La investigación está dirigida por el Dr. Horacio M. Lynch y un grupo de investigadores de fores, Laura Bierzychudek, Clara Pujol, Sofía Plazibat y Martín Bruzzi. El presente proyecto sólo es posible gracias a la inestimable colaboración de Lynch & Asociados – Abogados, Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, EMEBE S.A.C.F., Estudio Beccar Varela, Estudio Moltedo – Abogados, Massimiliano Bencich S.A. y Total Austral.
Fecha de Inicio: MARZO DE 2005
Fecha de Finalización: MAYO DE 2005

Documentos Relacionados:

dribbble-pdf_1xIntroducción

dribbble-pdf_1xResumen ejecutivo

dribbble-pdf_1xpresentación del proyecto

dribbble-pdf_1xAnexo sobre información

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Informe anual de la justicia 2009

El informe anual de Fores sobre la Justicia Argentina en el 2009 se propone mostrar a la ciudadanía cómo es el desempeño en términos de funcionamiento, eficiencia y calidad de los Tribunales de Justicia argentinos, en algunos temas estratégicos. Por lo tanto, carece de pretensiones de exhaustividad; y tampoco busca realizar un análisis de la jurisprudencia en sentido técnico jurídico. Es un informe de opinión sobre algunas de las líneas principales de actuación de la justicia en la Argentina durante el período en análisis, como parte de un proceso dinámico.
Cumple con uno de los objetivos de Fores, que es transmitir a la sociedad el real funcionamiento del Poder Judicial, con sus aciertos, errores y temas pendientes. Además de describir un panorama concreto de la situación vivida durante el año, tiene la intención de señalar algunos temas importantes de la agenda para el 2010, y también a más largo plazo, dando cuenta de los desafíos pendientes en cada una de las áreas objeto del análisis.

El presente informe pretende contribuir al afianzamiento del bien común político de la sociedad, impulsando la necesaria reforma judicial, que es necesario introducir en la agenda pública. Pues se busca también, desde el punto de vista de una ONG independiente, generar conciencia en la sociedad y los gobernantes sobre los temas pendientes, que requieren una profunda reforma judicial modernizadora.

Se sigue en el informe un esquema de trabajo ya utilizado por Fores en años anteriores para analizar el funcionamiento del poder judicial, con el objetivo de darle continuidad y permitir así que en futuras ediciones se pueda ampliar y completar con áreas que puedan, como ya se dijo, no estar cubiertas. Se divide el trabajo entonces en tres áreas: humana, institucional –la Justicia como poder del Estado y administrativa funcional, con un capítulo especial sobre la Justicia Penal.

Dado que se emite en marzo 2010, se trasluce también la situación vivida en el poder judicial y la especial y conflictiva relación con el poder ejecutivo que se suscitó durante los primeros meses de este año.

Fecha de Inicio: MARZO DE 2010

dribbble-pdf_1xVer documento relacionado.

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Las designaciones y el contralor de los jueces: Una mirada desde América Latina

Por Emilio J. Cárdenas y Héctor M. Chayer (*)
1. A modo de breves reflexiones iniciales.
En un excelente libro recientemente publicado, el respetado ex-Presidente de
la Suprema Corte de Israel, Aharon Barak1
, nos advierte que la historia enseña que
no hay democracia sin respeto a los derechos humanos y que, en su seno,
corresponde a los jueces desempeñar una doble misión: (i) la de salvaguardar no solo
las instituciones formales de la democracia, sino también la de (ii) asegurar que sus
elementos sustanciales, expresados en las nociones de “separación de poderes”;
“estado de derecho”; “independencia del poder judicial”; y “respeto de los derechos
humanos”, que contribuyen -todos- a conformar su esencia, sean respetados..,

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Nota:

Este trabajo ha sido preparado sobre la base de una versión más corta que se publicará en el “Global Corruption Report 2007: Corruption in Judicial Systems”, de Transparency International, Cambridge: Cambridge University Press, que se distribuirá en abril de 2007. También colaboraron Laura Bierzychudek y Nina DiSalvo.

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Proyecto de reforma jurisdicción apelada Corte Suprema

1. Justificación del Proyecto de reforma de la jurisdicción de la Corte Suprema.

Uno de los problemas que más gravemente afectan a la Corte Suprema de Justicia de la Nación es su excesiva carga de trabajo. Este tribunal resuelve anualmente 14.903 causas1. Para ello cuenta con 1922 funcionarios de alta jerarquía que asisten al tribunal en sus decisiones y emplea una planta total de 2.341 funcionarios y empleados administrativos entre las áreas sustantivas, de administración central y las áreas de apoyo3. Resulta evidente que el excesivo número de causas importa irrazonables demoras en su resolución.

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Observaciones de Fores sobre la postulación del Dr. Zaffaroni como candidato de la CSJN

OBJETO DE LA PRESENTACIÓN

Que de conformidad con lo publicado en el Boletín Oficial del día 11 de Septiembre de 2003 vienen por el presente a manifestar observaciones respecto del Mensaje del Poder Ejecutivo No 674 (Expte. PE No 288/03) que postula al Dr. Eugenio Raúl ZAFFARONI como candidato a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por las razones que abajo se exponen. También se solicita prueba, y se acompañan preguntas para ser formuladas al aspirante.

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Cambios en la Corte Suprema: Enfoques del siglo XXI

por Horacio M. Lynch .

  1. Nuevos Enfoques

Inmersos en la crisis económica, política e institucional más grande de la Argentina y en momentos en que enfrenta un cambio de gobierno, parece oportuno reflexionar sobre la Corte Suprema de la Nación Argentina por las cruciales funciones que debe cumplir en la reconstrucción del país y que padece, además de delicados problemas institucionales, problemas funcionales que afectan tan profundamente su misión que ni aún con los mejores jueces podría cumplirla cabalmente.

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