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LA JUBILACION DE LOS JUECES

Declaración de Fores del 28 de febrero de 2020

FORES (Foro de Estudio sobre la Administración de Justicia) considera que el Senado de la Nación no debe aprobar el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo Nacional y que fue girado en revisión por la Cámara de Diputados para modificar el régimen jubilatorio de jueces y miembros del servicio exterior. 

Si bien nadie tiene derecho al mantenimiento de un determinado régimen legal y no existen razones para crear o mantener privilegio alguno respecto a los regímenes jubilatorios, no resulta adecuado que el Poder Ejecutivo como autor del proyecto, no brinde razones que justifiquen por qué el proyecto de ley busca revisar las condiciones en las que podrán jubilarse jueces y diplomáticos, que son solamente dos de los muchos sectores con leyes previsionales distintas de aquellas a que se somete la generalidad de los trabajadores del país. La falta de explicación acerca de esta cuestión transforma la distinción en discriminatoria y constituye una presión indebida sobre el Poder Judicial que afecta su independencia, garantía fundamental para acceder a la defensa en juicio de la persona y de los derechos.

Asimismo, el incremento de los aportes jubilatorios que se dispone en el proyecto es una medida de carácter específico que, así determinada, afecta la garantía de intangibilidad de las remuneraciones de los magistrados consagrada en al Art 110 de la Constitución Nacional.

Por último, resulta también preocupante que el proyecto elimine el denominado “estado judicial” que permite convocar a jueces jubilados para cubrir vacantes, agravando la situación de vacancias y generando razonables dudas acerca de la continuidad de los casos más emblemáticos en los que se investigan hechos que constituyen graves actos de corrupción.

La iniciativa del Poder Ejecutivo conspira contra la necesidad de que la sociedad recupere la confianza en el Poder Judicial, porque autoriza a presumir que la reforma persigue estimular la jubilación de un número sustancial de jueces y su reemplazo por conjueces propuestos por el actual Gobierno. El sistema constitucional de nombramiento de jueces es incompatible con cualquier renovación masiva de éstos.

De su lado, los jueces deben afrontar el desafío de garantizar a la población que efectivamente son y serán independientes, cualquiera sea la suerte de la iniciativa.

Desde Fores hacemos un llamado a la reflexión para evitar que, a través de este proyecto, el prestigio de las instituciones de la República se vea afectado. 

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Diagnóstico de la jurisdicción civil en Bolivia

El Estado Boliviano se encuentra desde hace varios años en un proceso de reformas legales y judiciales encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica a través de instituciones sólidas que coadyuven al establecimiento de un clima atractivo para los negocios. Las instituciones definen las “reglas de juego” y determinan el tipo de relaciones que rigen el comportamiento económico de los actores públicos y privados. En este sentido, la experiencia internacional muestra que un adecuado marco institucional influye positivamente en la estrategia de desarrollo económico.
Las instituciones públicas juegan un rol importantísimo en la definición de los derechos de propiedad, en la regulación de los negocios y especialmente en la resolución de los conflictos entre particulares y entre particulares y el Estado. El Poder Judicial, y específicamente la jurisdicción civil que entiende en las disputas comerciales, tiene un rol preponderante en el manejo y la resolución de los conflictos más importantes en esta área.
El Bolivia Administration of Justicia Program – BAOJ comparte el objetivo de apoyar al Estado Boliviano en sus esfuerzos por mejorar el acceso a la justicia y  garantizar la seguridad jurídica sobre la base de reglas claras y pronunciamientos predecibles.  En consecuencia, y en el marco de las actividades previstas para el componente de Seguridad Jurídica, se ha puesto en marcha este diagnóstico de funcionamiento de la jurisdicción civil, con foco especial en las áreas de derecho comercial y ciertos trámites administrativos a su cargo, a fin de determinar las debilidades existentes y proponer recomendaciones que permitan la prestación de un servicio de justicia más eficiente, pronto y cumplido.
La metodología para realizar el diagnóstico incluye la revisión de estadísticas, legislación y otro tipo de información documental; y cinco tipos de actividades de campo: (i) visita a juzgados, (ii) relevamiento de expedientes, (iii) encuestas, (iv) entrevistas y (v) focus groups con operadores judiciales y empresarios.
Por razones metodológicas el diagnóstico se realiza en las tres ciudades del eje troncal: La Paz (incluyendo El Alto), Cochabamba y Santa Cruz, con más la ciudad de Sucre. Entre ellas reúnen el 72% de los casos civiles y comerciales que tramitan en las ciudades capitales, presumiéndose además que son los de mayor importancia

Fecha de Inicio: MARZO DE 2006
Fecha de Finalización: MARZO DE 2007

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La seguridad jurídica como condición para el desarrollo

Los beneficios derivados de la seguridad jurídica en el marco de la gobernabilidad y el progreso económico, han sido reconocidos desde hace tiempo, por parte de organismos internacionales, instituciones públicas, entidades del sector privado y de la sociedad civil, en su conjunto.

A fin de contribuir positivamente al debate del fortalecimiento de la Seguridad Jurídica en el país, FORES Y LA FundaciónPensar iniciaron en el año 2006, un Proyecto cuyo objetivo es el análisis y medición de la Seguridad Jurídica. El Seminario «La Seguridad Jurídica como condición para el desarrollo» es la segunda fase del proyecto y contó con el apoyo del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica/Montevideo de la Fundación Konrad Adenauer.

Síntesis y conclusiones del seminario en el siguiente documento.

dribbble-pdf_1x Conclusiones del Seminario: Seguridad Jurídica

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Inseguridad jurídica: El conflicto entre los principios económicos y las doctrinas jurídicas

La calidad institucional es la base del buen desempeño económico que permite el crecimiento a largo plazo, la mejora de la calidad de vida y la existencia de un mayor número de oportunidades. Un elemento esencial de la misma es la vigencia del derecho y la seguridad jurídica. La baja calidad institucional que ocasiona la inseguridad jurídica tiene un fuerte impacto en la economía, principalmente a través de una reducción de las inversiones. La inseguridad jurídica puede ser afectada tanto por el número de normas jurídicas como por su calidad. En este trabajo se repasan algunas doctrinas jurídicas que tienen un efecto negativo sobre el funcionamiento de los mercados, tales como las de emergencia económica, las relacionadas con el valor de la moneda, las tasas de interés, el contenido de los contratos, las relaciones laborales, los daños y molestias. No obstante, son tan sólo una muestra de otras tantas que suman a la inseguridad jurídica existente.

Autor: Martín Krause. Profesor de Economía: Escuela Superior de Economía y Administraciónde Empresas (ESEADE) y Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires (UBA).

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Estudios de diagnóstico de la inseguridad jurídica, marco teórico y metodologías de evaluación.

Presentación de Edgardo Buscaglia durante el seminario sobre La Seguridad Jurídica como condición para el desarrollo, organizado por Fores, Fundación Pensar y la Fundación Konrad Adenauer. Lugar y Fecha: Buenos Aires, 23 de noviembre de 2007, Universidad Católica Argentina

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La seguridad jurídica como condición para el desarrollo

ANTECEDENTES.

Los beneficios derivados de la seguridad jurídica en el marco de la gobernabilidad y el progreso económico, han sido reconocidos desde hace tiempo, por parte de organismos internacionales, instituciones públicas, entidades del sector privado y de la sociedad civil, en su conjunto. Las instituciones definen las “reglas de juego” y determinan el tipo de relaciones que rigen el comportamiento económico de los actores públicos y privados. Internacionalmente, existe un reconocimiento de la influencia de las instituciones del sector público en la determinación y sostenibilidad del proceso de desarrollo económico. Ello es así pues las instituciones públicas juegan un rol clave en la definición de los derechos de propiedad y en la regulación de los negocios, en promover la competencia, en definir cuestiones vinculadas con insolvencias y en la resolución de las disputas. En este ultimo aspecto y en términos generales, puede decirse que los mayores costos de transacción se dan en la etapa de cumplimiento forzado de los contratos, ante el poder judicial.1 Si bien existen foros de solución de disputas mas eficientes, innumerables situaciones hacen necesaria la intervención del poder judicial (ej. derecho penal, derecho administrativo/regulatorio, etc), resultando entonces de suma importancia la existencia de un poder judicial independiente, que sea capaz de ofrecer un servicio de calidad y eficiente. El reiterado reclamo de gobiernos extranjeros y del sector privado en general sobre la necesidad de fortalecer la seguridad jurídica (SJ) en la Argentina, es un tema recurrente que se ha agudizado en el país en los últimos años. Las decisiones de inversión – mantener las existentes o efectuar nuevas -, se ven condicionadas por varios elementos entre los cuales aparecen de modo relevante la existencia de marco legal adecuado y de un poder judicial capaz de hacer cumplir las normas. A fin de contribuir positivamente al debate del fortalecimiento de la SJ en el país, FORES Y LA Fundación Pensar iniciaron en el año 2006, un Proyecto cuyo objetivo es el análisis y medición de la Seguridad Jurídica. El Seminario que se reseña en este informe es la segunda fase del citado proyecto y contó con el apoyo del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica/Montevideo de la Fundación Konrad Adenauer.

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El rol de legisladores y jueces en la construcción de la seguridad jurídica

Evento realizado en el salón Dorado de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Perú 130), el día viernes 14 de noviembre de 2008 a las 15.30 hrs.

Organizado por: Fores y la Fundación PensAR

El objetivo del encuentro ha sido analizar el rol que tienen  jueces y legisladores en la construcción de la Seguridad Jurídica.El tema fue abordado desde dos perspectivas: las decisiones de los jueces y su impacto en la actividad económica por un lado, y la Ley de Emergencia Económica, por el otro.

 

Programa

Decisiones de los jueces y su impacto en la actividad económica

Panelistas:

– Martín Krause – Profesor en la Universidad de Buenos Aires, Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas (ESEADE) y Universidad Francisco Marroquín

– Diego C. Bunge – Director del Postgrado en Derecho Bancario – UBA; integrante del Comité Ejecutivo de Fores

– Ricardo Rojas – Director de la Fundación Friedrich A. von Hayek y profesor de Análisis Económico del Derecho Penal en la Maestría en Derecho y Economía de la Universidad de Buenos Aires.

 

Ley de emergencia económica: legisladores y seguridad jurídica

Panelistas:  

– Federico Pinedo – Diputado Nacional por el Bloque PRO

– María Laura Leguizamón – Diputada nacional por el Bloque Frente para la Victoria / Presidenta de la comisión de Juicio Político

 

Moderador: Héctor Chayer

Ver trabajos y presentaciones en los siguientes documentos relacionados.

dribbble-pdf_1x Por Diego Bunge

dribbble-pdf_1x Por Ricardo Rojas

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Encuestas para tener en cuenta

Una interesante encuesta acerca de la seguridad jurídica en la Argentina, realizada por Ipsos, Mora y Araujo y presentada en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, arrojó resultados dignos de análisis. Respondieron líderes de opinión y la opinión pública en general. Ambas partes no siempre coincidieron, pero el gran descreimiento en las instituciones y la falta de respeto por las leyes fueron los alertas más destacados.

A continuación presentamos las conclusiones de un trabajo de investigación realizado por Ipsos Mora y Araujo. Se realizaron mediciones entre :

1)   Líderes de opinión/ decisores  de categoría intermedia (101 casos): gerentes de empresas grandes, miembros del Poder Ejecutivo (subsecretarios, jefes de área y asesores), miembros del Poder Legislativo Nacional y asesores, dirigentes de sindicatos y ONG´s relacionadas con la temática y periodistas. El trabajo de campo se realizó entre los días 28 de julio y 23 de agosto de 2004, entrevistando de manera personal a 101 referentes. La selección de la muestra se realizó en base a los objetivos específicos del trabajo (muestra de criterio).

2) Opinión Pública en el área metropolitana (300 casos): El trabajo de campo se realizó telefónicamente entre los días 7 y 9 de agosto de 2004, entrevistando en total a 300 argentinos, mayores de 18 años. Se trabajó con una muestra probabilística y telefónica con un margen de error  estimado en 5.6% en más o en menos para un nivel de confianza del 95%.

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