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La Corte Suprema pone en riesgo la inamovilidad e independencia de los jueces

Declaración de fores del 3 de noviembre de 2020  

El fallo de la Corte Suprema en el caso de los traslados de los jueces Bruglia y Bertuzzi, que ha declarado inconstitucional su remoción dispuesta por el Presidente de la Nación a partir de una resolución del Consejo de la Magistratura, pone en crisis garantías fundamentales de nuestra Constitución Nacional: los derechos adquiridos y la inamovilidad y estabilidad de los magistrados de los tribunales inferiores de la Nación.

 

La definición de que los traslados -en todos los casos y sin importar el tiempo transcurrido- solo son temporales y rigen hasta que un concurso disponga la cobertura de las vacantes, crea una peligrosa inestabilidad jurídica en la República.  Son innumerables los jueces que, trasladados durante los últimos treinta años, a partir de la doctrina sentada hoy por la mayoría de la Corte se transforman en meros jueces temporarios, con sus cargos en disponibilidad y sometidos nuevamente a la instancia política de nombramiento. Es decir, son hoy menos independientes.

 

La Corte desconoció su propia decisión anterior que había admitido los traslados, la resolución del Consejo de la Magistratura que los autorizó, el decreto presidencial que los dispuso y la falta de cuestionamiento del Senado a tales traslados.

 

FORES discrepa con las conclusiones del voto mayoritario de la Corte, y coincide en lo sustancial con la disidencia expuesta por el Presidente del Tribunal, en particular en lo que refiere a la imposibilidad de equiparar los traslados a la situación de aquellos jueces que cubren vacancias temporales (“subrogancias”) y a la necesidad de que las decisiones de la Corte no desconozcan sus propios precedentes al momento de fallar, requisito esencial para la seguridad jurídica.

 

Cuando la percepción pública de la independencia judicial en nuestro país se encuentra en sus puntos más bajos, FORES advierte que la sentencia no ayuda a mejorar esta percepción y no contribuye a la consolidación de nuestra República.

 

Sin perjuicio de lo señalado, el respeto irrestricto al principio de separación de poderes determina que la sentencia deba ser admitida, aun cuando existan opiniones divergentes sobre el fallo. La República también exige esta afirmación. La crítica ha de quedar para las instancias de la política o de la academia.

 

Alfredo M Vítolo – Presidente                               Marcelo Gobbi – Secretario 

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LA JUSTICIA DEBE SER CUIDADA POR TODOS

Declaración de Fores del 30 de septiembre de 2020

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dispuso abrir el Recurso Extraordinario por salto de instancia presentado por los jueces Pablo D. Bertuzzi, Leopoldo O. Bruglia y Germán A. Castelli, debe ser interpretado con prudencia por parte de la sociedad argentina, a la vez que resulta imperioso que los restantes poderes del Estado preserven sus opiniones hasta que la justicia se expida.

En tal sentido, desde el FORES (Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia) entendemos necesario que:

  • La ciudadania sostenga su compromiso con el fortalecimiento institucional de la República, que requiere el respeto a la ley y a las decisiones judiciales.
  • Se comprenda que el curso de los procedimientos judiciales debe ser siempre respetado, ya que el debido proceso es un pilar de la garantía de defensa en juicio, consecuencia directa de lo dispuesto en el Art 18 de la Constitución Nacional.
  • Las opiniones de funcionarios públicos involucrados con las decisiones a tomar por la justicia, sean medidas en un plano de profundo respeto institucional, ya que las declaraciones explosivas solamente contribuyen a una mayor irritación social y siempre serán percibidas como una flagrante intromisión en la esfera de decisión del Poder Judicial.
  • Jamás se olvide que el Poder Judicial de la Nación posee la misma derivación del voto popular que los otros poderes del Estado, siendo solamente distinta su fuente democrática, ya que se conforma con las decisiones conjuntas del Poder Ejecutivo y del Senado de la Nación.

 

 

Alfredo M Vítolo                                           Marcelo Gobbi

Presidente                                                    Secretario

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Las críticas del Presidente a la Corte Suprema vulneran la independencia judicial, pilar de la República

Declaración de Fores del 28 de septiembre de 2020 

Frente a las declaraciones del Dr. Alberto Fernández del día de ayer, criticando la decisión de la Corte Suprema de convocar a un acuerdo extraordinario para tratar el recurso por el cual los jueces federales Pablo D. Bertuzzi, Leopoldo O. Bruglia y German A. Castelli cuestionan su remoción, señalando que si resolviesen en favor de aquellos se configuraría un “escándalo jurídico” y que “cualquiera que haya estudiado Derecho” sabe aquello, desde FORES (Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia) opinamos que:

  • Los términos utilizados por el Presidente al referirse al accionar de otro poder del estado, que posee igualdad jerárquica con el Poder Ejecutivo, resultan impropios de la relación de respeto que debe existir entre los diversos poderes.
  • Las declaraciones del Presidente resultan un inconstitucional intento de interferir en causas judiciales en trámite por fuera de los carriles institucionales y una afectación directa a la independencia judicial, al buscar sembrar dudas acerca de la honestidad de los jueces frente a una posible decisión que no acepte la postura del gobierno.
  • Las declaraciones del Presidente, quejándose de que la Corte Suprema resuelva un caso llevado a su conocimiento constituyen desconocimiento de las reglas que gobiernan el proceso judicial.
  • Las declaraciones del Presidente deben verse dentro del contexto de las múltiples acciones que, desde el gobierno, se vienen realizando con el impropio fin de controlar al Poder Judicial y que FORES ha venido señalando reiteradamente.
  • La libertad de los jueces para dictar sus decisiones sin presiones de ninguna índole resulta esencial para la vigencia de la República.
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Fores frente a la #ReformaJudicial

En la sesión conjunta de comisiones del Honorable Senado de la Nación de la fecha, el Dr. Alfred Vítolo, Presidente de Fores, expuso la visión de nuestra institución sobre el proyecto de #ReformaJudicial presentado por el Poder Ejecutivo Nacional.

Compartimos aquí su intervención.

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LA JUBILACION DE LOS JUECES

Declaración de Fores del 28 de febrero de 2020

FORES (Foro de Estudio sobre la Administración de Justicia) considera que el Senado de la Nación no debe aprobar el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo Nacional y que fue girado en revisión por la Cámara de Diputados para modificar el régimen jubilatorio de jueces y miembros del servicio exterior. 

Si bien nadie tiene derecho al mantenimiento de un determinado régimen legal y no existen razones para crear o mantener privilegio alguno respecto a los regímenes jubilatorios, no resulta adecuado que el Poder Ejecutivo como autor del proyecto, no brinde razones que justifiquen por qué el proyecto de ley busca revisar las condiciones en las que podrán jubilarse jueces y diplomáticos, que son solamente dos de los muchos sectores con leyes previsionales distintas de aquellas a que se somete la generalidad de los trabajadores del país. La falta de explicación acerca de esta cuestión transforma la distinción en discriminatoria y constituye una presión indebida sobre el Poder Judicial que afecta su independencia, garantía fundamental para acceder a la defensa en juicio de la persona y de los derechos.

Asimismo, el incremento de los aportes jubilatorios que se dispone en el proyecto es una medida de carácter específico que, así determinada, afecta la garantía de intangibilidad de las remuneraciones de los magistrados consagrada en al Art 110 de la Constitución Nacional.

Por último, resulta también preocupante que el proyecto elimine el denominado “estado judicial” que permite convocar a jueces jubilados para cubrir vacantes, agravando la situación de vacancias y generando razonables dudas acerca de la continuidad de los casos más emblemáticos en los que se investigan hechos que constituyen graves actos de corrupción.

La iniciativa del Poder Ejecutivo conspira contra la necesidad de que la sociedad recupere la confianza en el Poder Judicial, porque autoriza a presumir que la reforma persigue estimular la jubilación de un número sustancial de jueces y su reemplazo por conjueces propuestos por el actual Gobierno. El sistema constitucional de nombramiento de jueces es incompatible con cualquier renovación masiva de éstos.

De su lado, los jueces deben afrontar el desafío de garantizar a la población que efectivamente son y serán independientes, cualquiera sea la suerte de la iniciativa.

Desde Fores hacemos un llamado a la reflexión para evitar que, a través de este proyecto, el prestigio de las instituciones de la República se vea afectado. 

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El Presidente del Comité Ejecutivo de Fores en el Rotary Club de Buenos Aires

Discurso de Diego Bunge en el ROTARY CLUB DE BUENOS AIRES reunión del 1° de febrero de 2017, en el Hotel Sheraton Libertador

“El problema de la Justicia y sus Soluciones: La Visión de FORES”

Amigos:

Honrado y agradecido por esta oportunidad de compartir con Vds. nuestra visión sobre un tema central y sumamente actual en nuestra sociedad. Represento a Fores. Fores no es debutante en este atril. Ya en 1979 el entonces Presidente, Horacio Lynch, habló sobre » La Justicia y el Futuro de los Argentinos”.

Fores es una ONG que ya ha cumplido sus 40 años de batallar por el mejoramiento del servicio justicia bajo todos y cada uno de los gobiernos que hemos tenido a lo largo de ese período. Siempre ha tenido una visión integral. En los ochenta produjo “ la Justicia Argentina en la Década de los Ochenta”. En los noventa produjo “ la Justicia: un Plan de Reformas al Sistema Judicial Argentino”. En la década pasada participó activamente en la Mesa Permanente del Diálogo Argentino colaborando con los esfuerzos de elaborar un Programa Integral de Reforma Judicial.

¿Porqué el tema de la Justicia y el Sistema Judicial   han adquirido actualidad y relevancia en nuestra Sociedad?. Por el grado de su deterioro y consecuente insatisfacción social de su funcionamiento. Es como con las cloacas y el tratamiento de aguas. Son servicios esenciales que subyacen a la superficie. Todos damos por sentado que existen y que funcionan adecuadamente. Como esos servicios se dan por sentado no se les presta atención normalmente, hay poco interés político en invertir en ellos e, incluso, en averiguar cómo funcionan por parte de la población. Ahora, cuando suben los vahos malolientes, cuando se sufren las inundaciones y sus consecuencias catastróficas, cuando se hace palpable la falta de agua corriente, la sociedad civil empieza a valorar lo que es esencial y le falta. Por eso reclama. Cada vez más y de las maneras mas diversas. Lo mismo pasa con la Justicia y el Sistema Judicial. Nos ocupamos de ello ahora porque el nivel de deterioro es profundo, grave y viene arrastrándose por décadas.

Las soluciones no son ni serán mágicas, rápidas, ni efectistas. Implicarán un proceso largo, necesariamente persistente, sistémico y sistemático. No debemos dejarnos llevar una vez más por los atajos, a los que solemos recurrir, agravando el deterioro.

Fores encara el tema desde dos premisas fundamentales: a) Perspectiva del usuario ( justiciable), abarcando en ese concepto tanto a quien se puede considerar carente de recursos o vulnerable como a quien sí tiene recursos y debe resolver complejos problemas patrimoniales, y b) Perspectiva sistémica. El sistema judicial para Fores no se circunscribe en el funcionamiento de “ la Justicia” vista como meramente el Poder Judicial y, más aún, tan solo el Poder Judicial Federal o Nacional. El sistema judicial es mucho más: comprende también a los Poderes Judiciales de las 23 Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, su interrelación con la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con los Consejos de la Magistratura, los respectivos poderes ejecutivos y legislativos, organismos o entes públicos centralizados o descentralizados ( servicios penitenciarios, registro de reincidencia, fuerzas de seguridad, registros de propiedad inmueble y automotor, de créditos prendarios, organismos de contralor de actividades en particular). En suma, un campo mucho más vasto y complejo.

En una excelente publicación aparecida a fines del año pasado, Eduardo Fidanza, Antonio María Hernandez y Daniel Zovatto, titulado “ Argentina: una sociedad anómica” Eudeba 2016 nos muestran cuantitativamente que lo que señeramente marcara en su obra de 1992 “ Un país al margen de la ley” Carlos Santiago Nino está plenamente vigente hoy.

Al hacerlo un cuarto de siglo luego, los autores nos muestran que los cuatro anhelos más valorados como logros de la sociedad por los argentinos son:

Que se apliquen y respeten las leyes.

Que no haya delincuencia.

Que haya menos diferencia entre ricos y pobres.

Que ( la sociedad) sea más democrática.

Claramente, hay una relación directa entre cuanto menos las dos primeras aspiraciones ( “Que se apliquen y respeten las leyes “ y “Que no haya delincuencia”) con la vigencia y el respeto de los derechos y garantías de los habitantes de nuestro país. Y en ello, con el ágil, transparente, independiente y eficaz funcionamiento de nuestro Sistema Judicial.

La falta de su funcionamiento adecuado ha causado enorme insatisfacción en nuestra población, que tiene diferentes reflejos. Así, por un lado podemos ver por Crónica TV a modo de documental – o casi como serie de Netflix- recurrentes piquetes, tomas de comisarías, escraches por tubas violentas en fiscalías y juzgados y actos de represalia vandálicos en casas de victimarios por parte de familiares de víctimas de delitos. La constante: los que participan consideran que no encuentran su debido tratamiento por los mecanismos policiales y judiciales institucionalizados. Por otro lado, vemos cómo ante la presión de los medios y de organizaciones de la sociedad civil que nuclean a afectados por lo que se considera mal funcionamiento del sistema ( p.ej. Madres del Dolor, Usina de Justicia), se busca dar cabida en procesos penales a las víctimas, en forma independiente y adicional al rol del fiscal actuante, que es quien representa – o debe representar- el interés general de la sociedad en el proceso. Así, ante hechos resonantes de violencia vemos anunciadas iniciativas de sanción de nueva legislación penal juvenil, aparentemente en su reacción. Es decir, hoy recibimos desde distintos sectores de nuestra sociedad propuestas de reformas que si bien justificadas por el curso de los acontecimientos y el deterioro de la prestación del servicio justicia, se perciben a primera vista puntuales, reactivas, asistemáticas, que no forman parte de un plan integral de reforma de la justicia y, mucho menos, de su implementación.

Es más, dentro del propio Poder Judicial tal insatisfacción produjo como reacción la creación de un colectivo denominado “ Justicia Legítima”, (http://justicialegitima.org/mision.html) , que si uno lee su Misión pareciera que busca el acercamiento a la sociedad civil del Poder Judicial, “ democratizándolo” como respuesta a lo que allí se entiende es “ un discurso hermético, endogámico y corporativo” de sus integrantes. Sin embargo, ello implicó en la práctica un alineamiento de sus integrantes con las políticas del Poder Ejecutivo de turno, viéndose ello reflejado en importantes reformas legislativas en la estructura del Consejo de la Magistratura y la Justicia en diversos fueros, funcionamientos e instancias. Formó parte de la fractura social, profundizando diferencias ideológicas con importante conmoción en nuestra sociedad. En virtud de la reacción en su contra tenemos hoy un mapa del poder judicial federal y nacional plagado de acciones de inconstitucionalidad con fallos decretándola y medidas cautelares que traban el diseño que se le quería dar bajo la óptica de ese colectivo. Ese proceso ha quedado frenado e inconcluso. Uno nuevo debe delinearse de acuerdo a un nuevo plan integral de reforma.

Hoy, por primera vez en nuestra historia, hay una concepción de plan integral de reforma del Sistema Judicial Argentino. Ese plan es Justicia 2020 (justicia2020.gob.ar) y se ha presentado como un plan de reforma integral, de reforma sistémica lo que implica que para su éxito debe tener implementación sistemática, de acuerdo a un plan estratégico plurianual, que inevitablemente toca a diversos sectores del Sistema Judicial Argentino y a todas y cada una de las jurisdicciones ( 25) en las que está subdividido nuestro país. Su éxito depende no solo de su concepción como tal. Sino particularmente de su acertada implementación. En un contexto convulsionado y difícil, no solo por la complejidad propia de la inmensa tarea a llevar a cabo, sino también por lo que viene de arrastre y por las resistencias al cambio.

En 2014 Fores puso en práctica lo que viene sosteniendo invariablemente desde hace cuatro décadas: que la justicia es un sistema y, como tal, debe ser abordado de manera integral, no con medidas aisladas sino como un conjunto interdependiente, y que eso requiere de dos miradas simultáneas, su solidez institucional como elemento imprescindible de la vigencia plena de las instituciones republicanas (con la independencia como valor principal) y su eficiencia funcional como organización al servicio del ciudadano, porque las mejores estrategias suelen fallar a la hora de la ejecución. El producto de ese esfuerzo fue una Agenda Anotada para la Justicia Argentina 2020(https://foresjusticia.org/2016/02/29/justicia-2020/), claro antecedente del plan actualmente adoptado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, un documento operable, una guía para la acción, no un diagnóstico más de los muchos y buenos que hay en el país. Luego de hacer muchos talleres participativos a los que vino quien quiso, jueces, ONG, ciudadanos, empresarios, entregamos esa agenda a todos los ganadores de las PASO. Todos, sin excepción, lo recibieron muy bien.

Hay aspectos institucionales, normativos, del marco de actuación de los diversos actores que contribuyen al producto final justicia, de acceso a la justicia ( lo que incluye los regímenes de tasa de justicia pero también los de los honorarios profesionales de los abogados, mediadores y otros auxiliares de la justicia como peritos), de gestión del tribunal y de cómo se presta el servicio profesional por los abogados a sus clientes.

Para que una reforma del Sistema Judicial pueda llevarse a cabo debe ser:

Integral comprendiendo no tan solo a el o los Poderes Judiciales institucionalizados, sino también a todos los actores que de una manera u otra participan a modo de insumo en el producto final que recibe el usuario: Justicia.

Participativa no solo en cuanto a organizaciones de la sociedad civil interesadas en el tema, sino también a quienes luego la van a tener que aplicar ( administradores, jueces, abogados, legisladores, profesores).

Sistémica en su concepción y sistemática en su aplicación.

Plurianual, con un claro plan estratégico de implementación por etapas que lo torne predecible y posible.

Con Toma de Posición sobre los Pilares Fundamentales. Deben definirse aspectos básicos del Sistema Judicial sobre los que históricamente se ha preferido no ocuparse ( “ De éso no se habla…”) y que en los últimos años se han puesto en abierta y pública discusión, tales como la independencia judicial, el diseño institucional de instituciones como el Consejo de la Magistratura y su relación con la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el rol y funcionamiento de esta última, Perfil del Juez, Selección y Remoción de Jueces y Fiscales, el Rol del Abogado en Sociedad, reglas que hacen a su formación, capacitación continua, habilitación profesional, reglas éticas a las que deben someterse magistrados y abogados, la participación de los usuarios del Sistema Judicial en su diseño y contralor. Si se seguirá trabajando con métodos y procesos de trabajo del Siglo 19 en el Siglo 21. Si se aplicarán las reglas de Gobierno Abierto a tan importante servicio en sociedad.

Todo ello desde la perspectiva del usuario del servicio, el justiciable, sea éste rico o pobre. Esté en la Capital Federal o en La Quiaca. Todos tienen el Derecho Humano a la Tutela Judicial Efectiva.

Fores no es un club de abogados, porque estamos convencidos de que la justicia no es un problema de los abogados sino de toda la gente que la necesita, tanto los sectores más vulnerables como el gran inversor.

Fores mantiene su independencia, y de hecho tiene en funcionamiento un Observatorio del Programa del Gobierno, y en esa fase es escuchado también cuando critica. Ese Observatorio también requiere de la colaboración de los ciudadanos.

Todos los miembros del Comité Ejecutivo estamos personalmente a disposición de cada uno de ustedes para canalizar inquietudes y escuchar sugerencias. Por supuesto, les pedimos también que nos apoyen (https://foresjusticia.org/colaborar/) .

Muchas gracias.

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Justicia 2020

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Justicia 2020

Un proyecto de Reforma Judicial de Fores.

Durante 2015 Fores encargó la dirección del Proyecto «Justicia 2020» a los Drs. Germán Garavano, actual Ministro de Justicia de la Nación y Hector Cháyer, ambos a su vez ex directores de Fores, con el propósito de formular una Agenda de la Justicia argentina para el período 2015 – 2020.

Se trata, sin dudas, de un reto central para el país y el próximo gobierno: reconstruir el Estado de Derecho y recrear los principios constitucionales para que el sistema de justicia dé respuestas a las crecientes demandas de la población.

Para ello, comenzamos por describir los núcleos problemáticos del Estado de Derecho y la Justicia argentina en la actualidad, enfocando los problemas principales para el imperio de la ley y la eficacia del sistema judicial. Se ofrece un análisis técnico de la situación del Estado de Derecho y la Justicia en Argentina, desde la perspectiva de los resultados que el sistema judicial entrega a la sociedad, con fuerte base empírica y referencias de IMG_7435experiencias comparadas. Los problemas se identifican y priorizan en función de los déficits en la atención a las necesidades y expectativas de los ciudadanos, y por la cantidad y calidad de los resultados que ofrece la justicia a la sociedad. Con estos criterios se han seleccionado los problemas cuya solución se pretende afrontar a través de esta Agenda anotada de la Justicia argentina 2015 – 2020.

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Desempeño e independencia de la justicia criminal y correccional federal de la Capital

La investigación se centra en el estudio del funcionamiento de la Justicia Criminal y Correccional Federal con el objeto de establecer parámetros objetivos que permitan medir su desempeño y su grado de independencia funcional. Los conceptos de desempeño e Independencia del Poder Judicial son dos factores claves que están íntimamente vinculados y condicionados. De este modo, el desempeño de la Justicia Federal estará condicionado necesariamente por su grado de independencia del Poder Político. La falta de independencia de sus funcionarios, hará que su desempeño no esté orientado a la protección de la ciudadanía y de los bienes jurídicos básicos de la comunidad, sino que se limite a la tutela de otros intereses. Se han escogido estos dos fueros por tres razones fundamentales. La primera es por el menor número de juzgados que los componen, lo cual facilita indefectiblemente el estudio de campo y su composición. La segunda razón viene dada por la calidad de los asuntos que ambos fueros manejan. En este sentido, los casos públicos más resonantes que son los que llegan a la ciudadanía son aquellos que tramitan en estos dos fueros. Asimismo, los asuntos que manejan se vinculan necesariamente con temas centrales para el gobierno y la sociedad . Por último, la tercer razón que legitima la elección concreta del fuero federal, es que es justamente el más cuestionados en los tiempos que corren. Ultimamente, a las denuncias de corrupción como de falta de independencia, se ha sumado la presunta ineficiencia en su desempeño.
La investigación fue dirigida por Enrique V. Del Carril y Germán Garavano, y el equipo de investigaciones se conformó por Santiago Otamendi, Natalia Calcagno, Mariano Scotto, Rebecca Ann Bill y Juan María Rodriguez Estevez.

Fecha de Inicio: FEBRERO DE 1999
Fecha de Finalización: DICIEMBRE DE 1999